Publicación de Actas Definitivas
Comite: Empresas 09/06/2009
El acta de la actividad se ha cerrado en fecha 30/may/09, una vez transcurridos todos los plazos para plantear reclamaciones y resolver problemas. A partir de este momento, el acta es definitiva.
Cualquier reclamación debe realizarse a través del procedimiento administrativo establecido al efecto en la secretaría de su centro.
